Lo que deben saber los refugiados sobre la revisión planificada de los casos aprobados durante el gobierno de Biden
Lo que deben saber los refugiados sobre la revisión planificada de los casos aprobados durante el gobierno de Biden
NBC News informó que la nueva administración quiere auditar los casos de refugiados aprobados mientras el presidente Biden estaba en el cargo. Aunque faltan detalles, incluso una “revisión” preliminar puede derivar en nuevas verificaciones de antecedentes, pedidos de evidencia adicional o, en el peor escenario, procedimientos de terminación bajo INA § 207(c)(4) y 8 C.F.R. § 207.9. Las personas que ya obtuvieron la residencia permanente en virtud de INA § 209(a) enfrentan menos riesgos, mientras que quienes siguen con estatus de refugiado o todavía esperan presentar el Formulario I-485 podrían recibir solicitudes para volver a confirmar su elegibilidad. Esta guía explica qué es legalmente posible, quiénes pueden verse afectados y qué pasos prácticos tomar hoy.
¿Qué autoridad legal permite una revisión?
- INA § 207(c)(4) autoriza la terminación del estatus de refugiado si se obtuvo mediante fraude o si la persona estaba firmemente reasentada en otro país antes de ingresar a Estados Unidos.
- 8 C.F.R. § 207.9 permite al Departamento de Seguridad Nacional reabrir un caso cuando la evidencia demuestra que la persona ya no cumple con la definición de refugiado de INA § 101(a)(42).
- Nuevos chequeos de seguridad: USCIS, el Departamento de Estado, el FBI y otras agencias pueden volver a ejecutar los filtros interinstitucionales para buscar información negativa reciente.
- Revisión de ajustes: Quienes presentaron el Formulario I-485 se rigen por 8 C.F.R. § 209.1, que permite a USCIS negar el ajuste o enviar el caso a la corte si surge alguna causal de inadmisibilidad.
¿Quiénes podrían verse afectados?
- Refugiados durante su primer año: Los que aún no cumplen un año o no han presentado la solicitud de residencia podrían recibir citatorios para huellas, exámenes médicos o nuevas declaraciones juradas de patrocinio.
- Solicitantes con Formulario I-485 pendiente: USCIS puede emitir Requests for Evidence (RFE) o Notices of Intent to Deny (NOID) si aparecen dudas sobre inadmisibilidad, antecedentes penales o alertas de seguridad.
- Refugiados de larga data que nunca ajustaron: Algunas personas nunca completaron el ajuste a pesar de haber recibido estatus hace años. Pueden ser obligadas a demostrar que aún califican o arriesgarse a un proceso de remoción bajo INA § 237(a).
- Beneficiarios derivados en el extranjero: Familiares que todavía esperan llegar mediante peticiones de reunión familiar podrían sufrir atrasos mientras el Centro Nacional de Visas reevalúa los expedientes.
Lista práctica de preparación
- Reúne tus documentos de identidad: I-94, documento de viaje para refugiados, avisos de aprobación y recibos del Formulario I-485.
- Comprueba presencia continua: Conserva contratos de arrendamiento, declaraciones de impuestos y constancias de empleo que demuestren tus lazos con Estados Unidos.
- Actualiza tu dirección: Presenta el Formulario AR-11 dentro de los 10 días posteriores a cualquier mudanza para recibir todas las notificaciones.
- Revisa el historial del caso: Usa la cuenta en línea de USCIS o la línea telefónica de EOIR (800-898-7180) para confirmar si existe algún proceso abierto.
- Consulta a profesionales médicos: Si alguna vez tuviste un hallazgo médico de Clase A que fue exonerado, consigue registros actualizados antes de una nueva evaluación.
Riesgos y estrategias de mitigación
Terminación del estatus de refugiado
La terminación requiere demostrar que la persona nunca fue elegible o que ya no cumple la definición legal. Tienes derecho a una notificación escrita y a disputar los señalamientos ante un juez de inmigración. Tener representación legal es fundamental.
Negaciones de ajuste
Si ya enviaste el Formulario I-485, USCIS evalúa si sigues siendo admisible. Las causales de INA § 212(a) (seguridad, delitos, etc.) pueden impedir la aprobación. Presentar exenciones como el Formulario I-602 o aportar certificados policiales ayuda a resolver muchas preocupaciones.
Retrasos en naturalización
Los residentes permanentes elegibles para naturalizarse bajo INA § 316 podrían enfrentar verificaciones de seguridad más largas. Presentar el Formulario N-400 ahora, si calificas, activa el reloj de 120 días después de la entrevista.
Plan de acción según tu etapa
- Aún con estatus de refugiado: Agenda una consulta para planificar el ajuste, verificar huellas vigentes y explorar un I-485 acelerado.
- I-485 pendiente: Responde de inmediato a RFEs o NOIDs. Monitorea el estatus semanalmente y conserva un expediente duplicado de toda la evidencia enviada.
- Residente permanente de 1 a 4 años: Evalúa la naturalización para fortalecer tu estatus. Reúne registros de viajes, transcripciones del IRS y comprobantes del Servicio Selectivo.
- Residente permanente por 5 años o más: Presenta el Formulario N-400 si aún no lo haces. La ciudadanía brinda derechos electorales y protege de la mayoría de causales de remoción.
Recursos y apoyo
- USCIS Refugee, Asylum and International Operations: https://www.uscis.gov
- Office of Refugee Resettlement: https://www.acf.hhs.gov/orr
- Directorio de proveedores legales sin fines de lucro de EOIR: https://www.justice.gov/eoir/page/file/942311
- Coordinadores estatales de refugiados que pueden ayudarte a obtener historiales de caso.
Ser proactivo es clave. Las revisiones pueden tardar meses en comenzar, pero una vez iniciadas, los plazos son cortos y perder una cita puede poner en riesgo tu estatus.
Sobre esta publicación
Este análisis se inspiró en una conversación pública en Reddit: https://reddit.com/r/immigration/comments/1p6mtkj/trump_administration_to_review_status_of_all/
El derecho migratorio es complejo y cambia constantemente. Aunque esta publicación ofrece información general basada en la normativa vigente, cada situación es única.
Esta publicación ofrece información general y no constituye asesoría legal. Las leyes cambian y tus hechos importan. Para recibir consejos sobre tu caso, programa una consulta con un abogado.